Residencia fiscal · Dubái (EAU)

En Dubái no pagas IRPF. Pero a España tienes que probarle que de verdad vives allí.

Los Emiratos no gravan la renta personal, ni el patrimonio, ni las herencias. Por eso mismo la Agencia Tributaria española es especialmente exigente: para aceptar que dejaste de ser residente fiscal en España, exige prueba sólida de que pasaste más de 183 días en los EAU. Y el certificado emiratí (TRC) por sí solo no basta.

GeoNotary genera esa prueba: un registro pericial continuo y automático de tu presencia física, con validez judicial.

Datos fiscales de los EAU

IRPF / Impuesto sobre la renta personal0 %
Impuesto sobre el Patrimonio0 %
Impuesto sobre Sucesiones0 %
Umbral de residencia fiscal183 días/año en los EAU
IVA (VAT)5 %
Convenio de doble imposición con Españasí, en vigor

Datos orientativos a 2026. Consulta con un asesor antes de tomar decisiones.

Qué se necesita para ser residente fiscal en los EAU

Para obtener el Tax Residency Certificate (TRC) emiratí, normalmente se exige:

  • 183 días de presencia en los EAU durante el año fiscal.
  • Pasaporte válido, visado de residencia en vigor y Emirates ID.
  • Informe de entradas y salidas (immigration report).
  • Contrato de alojamiento (alquiler o propiedad).
  • Extractos bancarios locales de los últimos 6 meses.

Para desvincularte de España: no permanecer más de 183 días en territorio español, no tener allí tu núcleo de intereses vitales, y comunicar el cambio mediante el Modelo 030.

El verdadero riesgo: la inspección de la Hacienda española

La AEAT aplica los criterios del artículo 9 de la Ley 35/2006 del IRPF, independientes entre sí:

  1. 1

    Permanencia > 183 días: computa tus ausencias esporádicas como días en España salvo que acredites residencia fiscal en otro país con certificado válido a efectos del convenio.

  2. 2

    Centro de intereses económicos: si tu negocio, ingresos o patrimonio principal siguen en España.

  3. 3

    Núcleo familiar: si tu cónyuge no separado e hijos menores residen en España.

Con destinos de tributación cero como los EAU, la AEAT presta especial atención y la deuda prescribe a los 4 años. El traslado puede activar el impuesto de salida (art. 95 bis LIRPF). Una regularización desfavorable con renta alta supera con facilidad los 300.000 €.

Por qué las pruebas tradicionales no bastan

  • Billetes de avión: acreditan la compra del trayecto, no que embarcaras ni cuánto te quedaste.
  • Recibos de suministros: acreditan consumo, no presencia personal del titular.
  • Extractos de tarjeta: acreditan uso, no que la usaras tú en persona.
  • Certificado TRC y visado: documentos de parte; la AEAT exige prueba de presencia efectiva, no solo formal.
  • Google Maps Timeline: rechazado por la AEAT por ser editable por el propio usuario.

Cómo GeoNotary lo resuelve

  • Registro de ubicación continuo y automático: cubre los 365 días, sin lagunas en la cadena de custodia.
  • Verificación biomecánica del portador: confirma que eras tú quien llevaba el dispositivo — clave para tributación cero, donde la AEAT busca el “móvil dejado en Dubái”.
  • Sellado en blockchain pública + timestamp eIDAS: registro inalterable y verificable.
  • Informe pericial: admisible ante la AEAT, los Tribunales Económico-Administrativos y la jurisdicción contencioso-administrativa.

A diferencia de las apps de check-in con selfie diario, GeoNotary no depende de que te acuerdes de registrarte cada día ni deja sin prueba los días que olvidas: registra de forma continua y silenciosa, y certifica quién portaba el dispositivo — no solo que un teléfono estuvo en un sitio.

Preguntas frecuentes

Empieza a acreditar tu residencia en Dubái desde hoy

La prueba pericial es preventiva: cuanto antes la instales, más sólida será tu defensa.

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