Residencia fiscal · Chipre

Chipre: 60 días para ser residente y 0% en dividendos. Pero España cuenta los otros 305 días.

Chipre ofrece el estatus non-dom (0% sobre dividendos, intereses y plusvalías durante 17 años) y una regla de residencia de solo 60 días. Pero ahí está el peligro frente a España: si solo pasas 60 días en Chipre, ¿dónde pasaste los otros 305? La Agencia Tributaria española computará tus ausencias y te exigirá demostrar que no estuviste más de 183 días en España.

GeoNotary genera esa prueba: un registro pericial continuo y automático de tu presencia física, con validez judicial.

Datos fiscales de Chipre

Non-dom — dividendos, intereses, plusvalías0% durante 17 años
Regla de residencia mínima60 días (con condiciones) o 183 días
IRPF general (residente)progresivo, 0–35% (exentos los primeros 19.500 €)
Impuesto de Sociedades12,5% (15% desde 2026)
Umbral estándar de residencia183 días/año
Convenio de doble imposición con Españasí, en vigor

Datos orientativos a 2026. La regla de los 60 días exige condiciones estrictas; consulta con un asesor.

El verdadero riesgo: la inspección de la Hacienda española

Aquí el riesgo frente a España es mayor que en otros destinos: la regla de los 60 días de Chipre no equivale a probar 183 días fuera de España. La AEAT aplica el artículo 9 de la Ley 35/2006 del IRPF:

  1. 1

    Permanencia > 183 días: computa tus ausencias esporádicas como días en España salvo que acredites residencia fiscal en otro país con certificado válido a efectos del convenio.

  2. 2

    Centro de intereses económicos: si tu negocio, ingresos o patrimonio principal siguen en España.

  3. 3

    Núcleo familiar: si tu cónyuge no separado e hijos menores residen en España.

La regla de los 60 días te hace residente en Chipre, pero NO acredita ante España que pasaras 183 días fuera de territorio español: tus ausencias computan como España salvo prueba en contra. Es justo el escenario donde una prueba de presencia continua es imprescindible. La deuda española prescribe a los 4 años y el traslado puede activar el impuesto de salida (art. 95 bis LIRPF).

Por qué las pruebas tradicionales no bastan

  • Billetes de avión: acreditan la compra del trayecto, no que embarcaras ni cuánto te quedaste.
  • Recibos de suministros: acreditan consumo, no presencia personal del titular.
  • Extractos de tarjeta: acreditan uso, no que la usaras tú en persona.
  • Certificado non-dom y vivienda: documentos de parte; la AEAT exige presencia efectiva, no solo formal.
  • Google Maps Timeline: rechazado por la AEAT por ser editable por el propio usuario.

Cómo GeoNotary lo resuelve

  • Registro de ubicación continuo y automático: cubre los 365 días — esencial cuando tu residencia se basa en solo 60 días y España cuenta el resto.
  • Verificación biomecánica del portador: confirma que eras tú quien llevaba el dispositivo.
  • Sellado en blockchain pública + timestamp eIDAS: registro inalterable y verificable.
  • Informe pericial: admisible ante la AEAT, los Tribunales Económico-Administrativos y la jurisdicción contencioso-administrativa.

A diferencia de las apps de check-in con selfie diario, GeoNotary no depende de que te acuerdes de registrarte cada día ni deja sin prueba los días que olvidas: registra de forma continua y silenciosa, y certifica quién portaba el dispositivo — no solo que un teléfono estuvo en un sitio.

Preguntas frecuentes

Empieza a acreditar tu residencia en Chipre desde hoy

La prueba pericial es preventiva: cuanto antes la instales, más sólida será tu defensa.

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